Esta Asesoría le recuerda que todo trabajador autónomo que desee modificar su base de cotización en la Seguridad Social, deberá ponerlo en conocimiento de la Tesorería General de la Seguridad Social.
El Cambio se podrá solicitar dos veces en el año. Antes del 1 de Abril del año en curso, surtiendo efectos el día 1 de Julio de dicho año; el segundo cambio será antes del día 1 de Octubre de cada año, entrando en vigor la nueva base a partir del día 1 de Enero del año siguiente, a continuación pueden descargarse nuestra circular.
